Apostar en tu empresa

¿QUÉ HACEMOS?

La apuesta por la igualdad se ha trasladado a todos los ámbitos, y nosotr@s te ayudamos a convertirla en un valor al alza en tu empresa o institución, y a cumplir con la regulación legal vigente en esta materia. ¿Cómo lo hacemos? Es muy simple, con un plan que llevaremos a cabo junt@s.

Diagnóstico

Te ofrecemos una visión clara de cómo está tu compañía o institución en materia de igualdad. Un punto de partida para iniciar el trabajo.

Consultoría

Te brindamos las herramientas para que pongas en funcionamiento las medidas y acciones necesarias para implementar las políticas de igualdad en tu empresa o institución.

Asesoría

Te mostramos el camino para transversalizar la igualdad en tu entorno laboral.

Formación

Llevamos a cabo programas personalizados para brindarte a ti y a tus equipos de trabajo, herramientas para la integración específica de políticas de igualdad.

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Este es el plan. ¿Te sumas?

Lo hacemos junt@s

En Objetivo Igualdad, abrimos un diálogo con tu empresa, para diseñar e implementar programas a tu medida.

Lo hacemos de forma dinámica

Nuestra misión es agilizar los procesos y adaptarnos a las necesidades de tu empresa o institución.

Nos planteamos metas

Los objetivos son claros: brindar a los equipos de trabajo las herramientas necesarias, para adoptar medidas reales para la integración de políticas de igualdad en la estructura de tu empresa o institución.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es un Plan de Igualdad?

Es un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.

El Plan de igualdad es una clara inversión para garantizar los objetivos integrales de la entidad, al ser un elemento estratégico que introduce en las empresas formas innovadoras de gestión y mejora su eficacia organizativa, aportando además una imagen positiva de la entidad.

¿Cuál es la finalidad de tener un Plan de Igualdad?

Los planes de igualdad son un instrumento de incorporación de la igualdad entre mujeres y hombres en el funcionamiento y gestión diarias de las empresas, mediante ellos se fijarán los objetivos de igualdad a alcanzar, así como las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución. Su aprobación tiene por objetivo:

    • Eliminar los desequilibrios en el acceso y participación de mujeres y hombres en la organización
    • Asegurar que los procesos de gestión de recursos humanos (selección, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones) respetan el principio de igualdad de trato y oportunidades
    • Favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar.
    • Prevenir el acoso sexual y del acoso por razón de sexo.

Necesito un Plan de Igualdad para una Licitación pública

Con la nueva ley de contratos del sector público que entró en vigor el 9 de marzo del 2018, en el artículo 71, prohíbe expresamente la contratación de empresas que incumplan la obligatoriedad de tener un plan de igualdad. Siendo por lo tanto de obligatoriedad y no de criterio de adjudicación.

Esto significa que, para las empresas de menos de 250 trabajadores, (el 9 de marzo de 2020, tendrán obligatoriedad las empresas de más de 150 trabajador@s), implantar un plan de igualdad le ofrece la posibilidad de conseguir adjudicaciones a efecto de resolver situaciones de empate.

¿Cualquier empresa puede tener un Plan de Igualdad?

Si, cualquier empresa pública o privada, con independencia del número de personas en plantilla, puede elaborar su Plan de igualdad.

¿Qué empresas están obligadas a elaborar y aplicar un Plan de Igualdad?

    • Las obligadas por Convenio Colectivo
    • Aquellas en las que la autoridad laboral lo hubiera acordado en un procedimiento sancionador, donde se especificase la sustitución de las sanciones accesorias, por la elaboración de un Plan de igualdad.
    • Empresas de más de 250 trabajadores y trabajadoras en plantilla
    • Empresas de más de 150 trabajadores y trabajadoras en plantilla (a partir del 7 de marzo de 2020)
    • Empresas de más de 100 trabajadores y trabajadoras en plantilla (a partir del 7 de marzo de 2021)
    • Empresas de más de 50 trabajadores y trabajadoras en plantilla (a partir del 7 de marzo de 2022)

¿Ya te has decidido? Contacta con nosotr@s

Y si aún tienes alguna duda o si necesitas que te aclaremos alguno de nuestros servicios, escríbenos y en menos de 48h estaremos ayudándote.

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